Suspenden al masajista y fisioterapeuta del subcampeón nacional por invadir cancha y lanzar balones para perder tiempo

El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol (FEDEFUTBOL), dio a conocer las sanciones y multas tras la Gran Final del Torneo de apertura 2020 que se disputó el pasado sábado 21 de diciembre.

Las sanciones inician con la impuestas a la Liga Deportiva Alajuelense:

100 mil colones por la invasión pasiva al terreno de juego por parte de aficionados del club, de conformidad con el artículo 73 inciso 1 del Reglamento Disciplinario.

200 mil colones al ser la sexta ocasión en que se dan lanzamiento de objetos no peligrosos que no impactan a nadie por parte de las personas en las graderías, según el artículo 72 inciso 1.

100 mil colones al ser la segunda ocasión en la temporada que no destaca las zonas amarillas durante un encuentro, de conformidad con el artículo 54 inciso 10 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División.

Se sancionó al masajista Víctor Roberto Hernández Vega con dos partidos de suspensión y una multa de 150.000 colones de conformidad con lo siguiente: a) un partido de suspensión y una multa de 75 mil colones por lanzar el balón al terreno de juego, según el artículo 36 inciso 5, b) un partido de suspensión y una multa de 75 mil colones por ingresar al terreno de juego sin la autorización del árbitro, como lo estable el artículo 36 inciso 4.

Al jugador Gean Carlo Castro González se amonestó con un partido y una multa de 75 mil colones por ingresar al terreno de juego sin la autorización del árbitro, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 inciso 4.

Al fisioterapeuta Javier Baldí Monge se sancionó con un partido y una multa de 75 mil colones por ingresar al terreno de juego sin la autorización del árbitro, así lo detalla el artículo 36 inciso 4.

El club deberá pagar 200 mil colones al ser la cuarta ocasión en que permiten el ingreso de objetos no permitidos (pólvora, bombas de humo, bengalas), de conformidad con el artículo 55 inciso 2 acápite c.

Además, el equipo manudo tuvo una amonestación económica de 200 mil colones ya que por tercera ocasión se da el ingreso de objetos no permitidos (mantas de dimensiones superiores a las permitidas) según el artículo 55 inciso 1 acápite b.

Para el Club Sport Herediano el Tribunal Disciplinario le impuso las siguientes sanciones y multas,

250 mil colones al incumplir con el Reglamento de Premiaciones de UNAFUT, ya que asistieron a la tarima de premiación personas no autorizadas, de conformidad con el artículo 59 inciso 2.

200 mil colones al ser la quinta ocasión que incurre en conducta incorrecta, ya que más de cinco personas recibieron tarjetas amarillas, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 1.

Al jugador Esteban Granados Maroto se le sancionó con un partido y 75 mil colones según el artículo 35 por acumular su quinta tarjeta amarilla.

TEXTO: PRENSA / FEDEFUTBOL