El Tribunal Disciplinario de la FCRF dio a conocer las sanciones impuestas de acuerdo con el Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, luego de la fecha 18 del Torneo de Apertura de la UNAFUT:
Sancionar al club con una multa de 200.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 1°, por incurrir en conducta incorrecta por segunda ocasión en la temporada.
Sancionar al club con una multa 225.000°° colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1°, por retrasar el inicio del partido.
Sancionar al jugador Pablo César Rodríguez Fajardo con tres partidos de suspensión y una multa de 200.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 38 inciso 1°, por utilizar lenguaje obsceno en contra del árbitro del encuentro.
Sancionar al club con una multa de 420.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 43, por las ofensas de uno de sus oficiales al árbitro central del encuentro. Asimismo, se le apercibe al señor Háncer Zúñiga Morales del Municipal Liberia que en caso de reincidencia se le sancionara con la prohibición de acceso a estadios.
Sancionar al club con una multa de 400.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 57 BIS inciso 11 y 31 del Reglamento de Comunicación y Prensa, ya que su director técnico no se presentó a la conferencia posterior al partido en el tiempo reglamentario.
Sancionar al club con una multa de 250.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 54 Bis inciso c), por no destacar las zonas de evacuación durante el partido en la gradería sur.
Sancionar al club con una multa de 400.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 55 inciso 2.c, por el ingreso de objetos no permitidos (láser).
Sancionar al club con una multa de 52.500°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 73 incisos 1 y 4, al darse la invasión pacífica de un aficionado una vez terminado el encuentro.
Sancionar al jugador William Alban Fernández González con tres partidos de suspensión y una multa de 225.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 3, por golpear a un adversario y configurarse el agravante de no encontrarse en disputa el balón.
Sancionar al asistente técnico Omar Royero Gutiérrez con un partido de suspensión y una multa de 100.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 36 inciso 1°, por protestar decisiones arbitrales.
FUENTE: PRENSA / FCRF
FOTO: PRENSA / SAPRISSA – PME IMAGES
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