Jafet Soto multado con medio millón de colones tras ofender a Lleida

El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol dio a conocer las multas y sanciones a jugadores, miembros de cuerpos técnicos y equipos, tras disputarse la segunda fecha del Campeonato de Clausura de la Primera División, dedicado al Centenario de la Fedefútbol.

El jugador Jonathan Martínez Solano del Deportivo Saprissa deberá purgar dos partidos y una multa de 100 mil colones por ser culpable de juego brusco grave, al realizar una entrada contra un adversario con uso de fuerza excesiva.

Se sancionó al director técnico Gilberto Martínez Vidal, del Municipal Grecia, con tres partidos de suspensión y una multa de 175 mil colones por utilizar lenguaje grosero en contra de los árbitros del encuentro.

Se multó al equipo de Limón Fútbol Club con 200 mil colones, ya que cinco personas o más fueron sancionadas por el cuarteto arbitral por tercera ocasión en la temporada.

El equipo Municipal Grecia deberá pagar 200 mil colones ya que cinco personas o más fueron sancionadas por el cuarteto arbitral por quinta ocasión en la temporada.

La misma multa fue impuesta al Sporting FC ya que cinco personas o más fueron sancionadas por el cuarteto arbitral por sexta ocasión en la temporada.

La Asociación Deportiva San Carlos deberán cancelar 150 mil colones ya que cinco personas o más fueron sancionadas por el cuarteto arbitral por segunda ocasión en la temporada.

El Tribunal Disciplinario culminó el proceso de investigación con fines sancionatorios que se llevaba en contra de Jafet Soto Molina, promovido por la Liga Deportiva Alajuelense y la UNAFUT, a lo que resolvió:

“Por unanimidad se decidió sancionar al señor Jafet Soto Molina con una multa de 500 mil colones de conformidad con lo siguiente: a) 400 mil colones por expresarse de manera ofensiva en medios de comunicación en contra de un oficial de un club rival, lo anterior de conformidad con el artículo 44 del Reglamento Disciplinario; b) 100 mil colones por no respetar al adversario de conformidad con el artículo 30 inciso 4 del Reglamento”.

Se les comunicó a las partes que en un plazo de diez días, tras la recepción de la presente notificación, podrán solicitar el fundamento íntegro de la presente decisión.

FUENTE: PRENSA / FEDEFUTBOL

Ana Lopez

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