Medio millón de multa para Guanacasteca por acto de racismo en su estadio

El Tribunal Disciplinario acordó las siguientes sanciones tras la jornada número 12 del torneo de Apertura 2023:

Asociación Deportiva Guanacasteca:

-Sancionar al club con una multa de 525.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 47 inciso c punto I del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, debido a que se presentó un acontecimiento de racismo durante el desarrollo del encuentro.

-Sancionar al club con una multa de 52.500°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por retrasar el inicio del encuentro por primera ocasión en la temporada.

Club Sport Cartaginés:

-Sancionar al club con una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por retrasar el inicio del encuentro por segunda ocasión en la temporada.

Municipal Liberia:

-Sancionar al club con una multa de 210.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 1° del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, al ser la tercera ocasión en la temporada en la que incurre en conducta incorrecta (cinco tarjetas amarillas o más en un mismo partido).

Deportivo Saprissa:

-Sancionar al masajista Juan Gabriel Rodríguez Bolaños del Deportivo Saprissa con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 36 inciso 2° del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por perder tiempo deliberadamente cuando le correspondía al adversario.

Club Sport Herediano:

-Sancionar al jugador Jesús Rubio Quintero con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento Disciplinario, por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo encuentro.

-Sancionar al club con una multa de 157.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 1° del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, al ser la segunda ocasión en la temporada en la que incurre en conducta incorrecta (cinco tarjetas amarillas o más en un mismo partido).

-En cuanto al señor Jafet Soto Molina y el Señor Aquil Alí oficiales del Club Sport Herediano, todavía no hay sanción pese al reporte de los árbitros del encuentro, debido a que se aperturó un proceso sumario de investigación accionado por el Club Sport Herediano y con fundamento en los artículos 81 y 102 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División.

FUENTE: PRENSA / FCRF

FOTO: PRENSA / ADG

Comunicado Prensa - Internacional - Agencias Redacción

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